Monday, October 29, 2007

EXPEDIENTE POR ABANDONO DE VEHÍCULO

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 59.4 y 61, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haberse podido practicar la notificación en el domicilio del presunto responsables por presunta infracción de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, relativa
a los siguientes hechos:
-Abandono de un vehículo en evidente estado de deterioro en la vía pública. Turismo Renault 19.1.8, Blanco, matrícula V6930EM.
Se consideran presuntos responsables por su participación en los hechos a: Dª MARICELA
FlLlPAS con NIE X6502193R y residente en (Castellón) Castellón de la Plana, C/. Borriol, 14.
Se hace pública notificación de la iniciación del expediente sancionador 112/2007, por decreto de
Alcaldía de fecha 8 de octubre de 2007 núm. 345/2007 con el siguiente contenido:
“Por denuncia recibida de la DG Guardia Civil recibida el 4 de octubre de 2007 con número de entrada 2152 se solicitó el deber de la Administración de la comprobación de los hechos y, en su caso, la incoación del expediente sancionador por presunta infracción de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, relativa a los siguientes hechos:
-Abandono de un vehículo en evidente estado de deterioro en la vía pública. Un Turismo Renault 19.1.8. Blanco, matrícula V6930EM.
Se consideran presuntos responsables por su participación en los hechos a: Dª MARICELA
FlLlPAS con NIE X6502193R y residente en (Castellón) Castellón de la Plana, C/. Borriol, 14.
Por todo lo expuesto, examinadas las actuaciones previas (denuncia inspección de la Guardia Civil nº 236 por infracción de la normativa sobre residuos) y de conformidad con el articulo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local,
RESUELVO
Primero. Incoar expediente sancionador de la infracción consistente en abandono de residuo, siendo el mismo un vehículo marca Renault 19.1.8 matrícula V6930EM por la realización de los hechos expuestos, de los que se presume responsable a la persona referenciada en los antecedentes de esta Resolución a la propietaria del Vehiculo matrícula V6930EM, hechos que podrían ser calificados como infracción grave, de conformidad con el artículo 34.3.b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, pudiéndoles corresponder una sanción entre 601.01 euros y 30.050,61 euros, de conformidad con el artículo 35 de la citada Ley. Sin perjuicio de la
obligación de la interesada de retirarlo de la vía pública, que en su caso y de no proceder cabría la aplicación de multas coercitivas además de ejecución subsidiaria por esta administración tal y como recoge la ley de Residuos 10/98 en su artículo Articulo 36. Obligación de reponer, multas coercitivas y ejecución subsidiaria.
1. Sin perjuicio de la sanción penal o administrativa que se imponga, los infractores estarán obligados a la reposición o restauración de las cosas al ser y estado anteriores a la infracción cometida, en la forma y condiciones fijadas por el órgano que impuso la sanción.
2. Si los infractores no procedieran a la reposición o restauración, de acuerdo, con lo establecido
en el apartado anterior, los órganos competentes podrán acordar la imposición de multas coercitivas con arreglo al artículo 99 de la Lev 30/1992 (RCL 1992, 2512, 2775 y RCL 1993, 246), una vez transcurridos los plazos señalados en el requerimiento correspondiente.
La cuantía de cada una de las multas no superará un tercio de la multa fijada por infracción cometida.
3. Asimismo, en estos casos y en el supuesto de que no se realicen las operaciones de limpieza y
recuperación de suelos contaminados, podrá procederse a la ejecución subsidiaria por cuenta del infractor y a su costa.
Segundo. Nombrar como órgano instructor del procedimiento sancionador a D. Joaquín Lozano
Mulet, concejal de esta corporación, siendo Secretario del mismo el del Ayuntamiento; asimismo se estará a lo establecido sobre abstención y recusación en el artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero. En virtud del artículo 37.2 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, y el artículo 10 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, el órgano competente para la resolución del expediente será el Alcalde.
Cuarto. Con el objeto de garantizar la eficacia de la Resolución sancionadora, se podrán adoptar las medidas de carácter provisional consistentes en:
- no concurren circunstancias en este momento que hagan necesaria la adopción de medidas provisionales al ser una acumulación que no ocasiona graves daños al medio ambiente.
No se podrá adoptar ninguna medida provisional sin el trámite de audiencia previa a los interesados, salvo que concurran razones de urgencia que aconsejen su adopción inmediata, basadas en la producción de un daño grave para la salud humana o el medio ambiente, o que se trate del ejercicio de una actividad regulada en la Ley 10/1998, de Residuos, sin la preceptiva autorización o con ella caducada o suspendida, en cuyo caso la medida provisional impuesta deberá ser revisada o ratificada tras la audiencia a los interesados.
En el trámite de audiencia se dará a los interesados un plazo máximo de quince días para que puedan aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes.
Estas medidas provisionales serán independientes de las adoptadas en el Orden Civil y Penal.
Quinto. Este Acuerdo se comunicará al instructor con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto; asimismo se notificara al denunciante (en su caso) y a los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado, para que en el plazo de quince días aporte cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes.
Valderrobres, 16 de octubre de 2007.
-El Instructor, Joaquín Lozano Mulet.

(BOPT, 29-X-2007)

SOLICITUD PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN OBSERVATORIO DE AVES NECRÓFAGAS

Por D José Ramón Moragrega Deusdad, se ha presentado en este Ayuntamiento en fecha 9 de
octubre de 2007, solicitud y documentación adjunta de autorización especial de construcción e instalación de observatorio de aves necrófagas, en parcela de suelo no urbanizable genérico sita en Partida Umbría, polígono 57, parcela 175.
De conformidad con lo establecido en el artículo 25.1.b) de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, se someten la solicitud y la documentación mencionadas a información pública, durante el plazo de veinte días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial” de la provincia.
Valderrobres, 9 de octubre de 2007.
-El Alcalde, Carlos Boné Amela.

(BOPT, 29-X-2007)

Monday, October 15, 2007

APROBACIÓN DE DIVERSOS EXPEDIENTES DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALDERROBRES

El expediente de modificación de créditos Núm. 1/2007 del presupuesto municipal para el ejercicio 2007 ha quedado aprobado definitivamente, por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169.3 en relación con el articulo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación resumido por capítulos con el siguiente detalle:
Aumento de Gastos
Modificación Org. Fun. Eco. Vinc. Denominación Importe Crédito Extraordinario
4 63206 4.6 AVDA. HISPANIDAD 1ª FASE 175.305,92
Crédito Extraordinario
4 63207 4.6 CENTRO DE DÍA 106.671,71
Crédito Extraordinario
4 61208 4.6 IGLESIA Y MURALLA CASTILLO DE VALDERROBRES
74.898,25
Total Aumento 356.875,88
II.- Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el artículo 36.1.a del R.D. 500/1990, con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, calculado de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 104 del mismo R.D. 500/1990.
Aumento de Ingresos
Modificación Org. Eco. Denominación Importe
Aumento Previsiones Iniciales. Remanente de tesorería 2006
Aplicación para financiación de créditos extraordinarios
356.875,88
Total Aumento 356.875,88
Según lo establecido en el artículo 171.1 en relación con el 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso – administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
Valderrobres, 19 de septiembre de 2007.
-El Alcalde, Carlos Bone Amela.


El expediente de modificación de créditos Núm. 2/2007 del presupuesto municipal para el ejercicio 2007 ha quedado aprobado definitivamente, por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169.3 en relación con el articulo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación resumido por capítulos con el siguiente detalle:
Aumento de Gastos
Modificación Org. Fun. Eco. Vinc. Denominación Importe
Crédito Extraordinario
4 62301 4.6 VEHICULOS 11.000,00
Total Aumento 11.000,00
2º. Financiación.
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el artículo 36.1.a del R.D. 500/1990, con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, calculado de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 104 del mismo R.D. 500/1990.
Aumento de Ingresos
Modificación Org. Eco. Denominación Importe
Aumento Previsiones Iniciales
Aplicación para financiación de créditos extraordinarios
11.000,00
Total Aumento 11.000,00
Según lo establecido en el artículo 171.1 en relación con el 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso – administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
Valderrobres, 19 de septiembre de 2007.
-El Alcalde, Carlos Bone Amela.


El expediente de modificación de créditos Núm. 3/2007 del presupuesto municipal para el ejercicio 2007 ha quedado aprobado definitivamente, por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169.3 en relación con el articulo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación resumido por capítulos con el siguiente detalle:
Aumento de Gastos
Modificación Org. Fun. Eco. Vinc Denominación Importe
Crédito Extraordinario
4 64210 4.6 PROYECTOS VARIOS 41.800,00
Crédito Extraordinario
4 63208 4.6 PARQUE INFANTIL 4.029,84
Total Aumento 45.829,84
2º. Financiación.
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el artículo 36.1.a del R.D. 500/1990, con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, calculado de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 104 del mismo R.D. 500/1990.
Aumento de Ingresos
Modificación Org. Eco. Denominación Importe
Aumento Previsiones Iniciales
Aplicación para financiación de créditos extraordinarios
45.829,84
Total Aumento 45.829,84
Según lo establecido en el artículo 171.1 en relación con el 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso – administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
Valderrobres, 19 de septiembre de 2007.
-El Alcalde, Carlos Bone Amela.


El expediente de modificación de créditos Núm. 4/2007 del presupuesto municipal para el ejercicio 2007 ha quedado aprobado definitivamente, por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169.3 en relación con el articulo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación resumido por capítulos con el siguiente detalle:
Aumento de Gastos
Modificación Org. Fun. Eco. Vinc. Denominación Importe
Crédito Extraordinario
4 63209 4.6 GIMNASIO 22.852,00
Total Aumento 22.852,00
2º. Financiación.
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el artículo 36.1.a del R.D. 500/1990, con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, calculado de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 104 del mismo R.D. 500/1990.
Aumento de Ingresos
Modificación Org. Eco. Denominación Importe
Aumento Previsiones Iniciales
87000 Aplicación para financiación de créditos extraordinarios
22.852,00
Total Aumento 22.852,00
Según lo establecido en el artículo 171.1 en relación con el 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso – administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
Valderrobres, 19 de septiembre de 2007.
-El Alcalde, Carlos Bone Amela.


El expediente de modificación de créditos Núm. 5/2007 del presupuesto municipal para el ejercicio 2007 ha quedado aprobado definitivamente, por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169.3 en relación con el articulo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación resumido por capítulos con el siguiente detalle:
Aumento de Gastos
Modificación Org. Fun. Eco. Vinc. Denominación Importe
Transferencia de Crédito aumento
1 22601 1.2 Atenciones protocolarias y representativas
16.000,00
Total Aumento 16.000,00
2º. Financiación.
Esta modificación se financia con cargo a:
Disminución de Gastos
Modificación Org. Fun. Eco. Vinc Denominación Importe
Transferencia de Crédito disminución
1 10000 1.1 Retribuciones básicas y otras remuneraciones
-7999,00
Transferencia de Crédito disminución
1 23000 1.2 De cargos electivos -8001,00
Total Disminución -16.000,00
Según lo establecido en el artículo 171.1 en relación con el 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso – administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
Valderrobres, 19 de septiembre de 2007.
-El Alcalde, Carlos Bone Amela.


El expediente de modificación de créditos Núm. 1/2007 del presupuesto municipal para el ejercicio 2007 ha quedado aprobado definitivamente, por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169.3 en relación con el articulo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación resumido por capítulos con el siguiente detalle:
Aumento de Gastos
Modificación Org. Fun. Eco. Vinc. Denominación Importe
Suplemento de Crédito
1 12000 1.1 Retribuciones básicas 8.000,00
Suplemento de Crédito
1 12100 1.1 Retribuciones complementarias 8.000,00
Suplemento de Crédito
1 16000 1.1 Seguridad Social 4.000,00
Total Aumento 20.000,00
2º. Financiación.
Dichos gastos se financian, de conformidad con el artículo 177.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como el artículo 36.1.a del R.D. 500/1990, con cargo al Remanente Líquido de Tesorería, calculado de acuerdo a lo establecido en los artículos 101 a 104 del mismo Real Decreto.
Aumento de Ingresos
Modificación Org. Eco. Denominación Importe
Aumento Previsiones Iniciales
87001 Aplicación para financiación de suplementos de crédito
20.000,00
Total Aumento 20.000,00
Según lo establecido en el artículo 171.1 en relación con el 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso – administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
Valderrobres, 19 de septiembre de 2007.
-El Alcalde, Carlos Bone Amela.


El expediente de modificación de créditos Núm. 7/2007 del presupuesto municipal para el ejercicio 2007 ha quedado aprobado definitivamente, por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 169.3 en relación con el articulo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a su publicación resumido por capítulos con el siguiente detalle:
Aumento de Gastos
Modificación Org. Fun. Eco. Vinc. Denominación Importe
Suplemento de Crédito
Edificio antigua hospital (Museosde papel)
46.289,82
Total Aumento 46.289,82
2º. Financiación.
Esta modificación se financia con cargo a:
Aumento de Ingresos
Modificación Org. Eco. Denominación Importe
Aumento Previsiones Iniciales
Aplicación para financiación de suplementos de crédito
46.289,82
Total Aumento 46.289,82
Según lo establecido en el artículo 171.1 en relación con el 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso – administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
Valderrobres, 19 de septiembre de 2007.
-El Alcalde, Carlos Bone Amela.


El Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 26 de julio de 2007 aprobó, inicialmente el expediente de modificación de la Plantilla Municipal y Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.
Sometido el expediente a información pública no se ha presentado alegación ni reclamación alguna.
Consecuentemente y en virtud de lo previsto en el punto tercero del citado Acuerdo plenario dicha modificación queda elevada a definitiva, procediéndose a su publicación:
PERSONAL FUNCIONARIO.
Denominación Escala, Subescala Núm. de
plazas
Grupo Nivel Complemento específico
Alguacil Administración Especial
1 E 11 6.000 €
Técnico de cultura Administración General
1 B 18 5.000 €
Valderrobres, 19 de septiembre de 2007.
-El Alcalde, Carlos Bone Amela.


(BOPT, 15-X-2007)