APROBACIÓN DEFINITIVA DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE VALDERROBRES
Por Acuerdo del Pleno de fecha 17 de marzo de 2011, se aprobó definitivamente la Modificación Puntual nº 13 de las NNSS de Valderrobres, lo que se publica a los efectos del artículo artículo 143 del Decreto 52/2002, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón, en relación con la disposición adicional quinta de la Ley 53/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón. «Visto que en febrero de 2005, se encargó la elaboración y redacción de la Modificación propuesta al equipo redactor, ésta se recibió en mayo de 2005. Visto que con fecha de 26 de mayo de 2005, en sesión extraordinaria, se aprobó inicialmente por el Pleno de la Corporación la Modificación puntual nº 13 de las vigentes NNSS municipales que fue sometida a información pública durante el plazo de un mes y anunciado en la Sección Provincial del “Boletín Oficial de Aragón” núm. 111, de fecha 13 de junio de 2005. Visto que con fecha 4 de octubre de 2005 se ha recibido Informe de las Administraciones competentes sectoriales de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio con las siguientes conclusiones: Informar desfavorablemente la aprobación de la modificación nº 13 de las NNSS. Visto el informe favorable de secretaría de fecha 4 de octubre de 2005 sobre procedimiento a seguir y cumplimiento de la legalidad respecto a la aprobación de la Modificación Puntual nº 13 de las NNSS. Visto que con fecha de 6 de octubre de 2005, se aprobó inicialmente por el Pleno de la Corporación la Modificación puntual nº 13 de las vigentes NNSS municipales con las condiciones impuestas en el informe de la CPOT recibidas en fecha 4 de octubre de 2005 que fue sometida a información pública durante el plazo de un mes y anunciado en la Sección Provincial del “Boletín Oficial de Aragón” núm. 222, de fecha 21 de noviembre de 2005. Considerando que en el período de información pública, no se han presentado ninguna alegación ni reclamación al respecto, por diligencia de Secretaría de fecha 28 de diciembre de 2005. Visto que con fecha 21 de noviembre de 2005 se acordó por el Ayuntamiento Pleno la remisión del expediente de Modificación Puntual nº 13 de las NNSS al órgano autonómico competente para que emitiera informe al respecto. Considerando que con fecha 27 de enero de 2006 se ha informado por la Comisión Provincial de Urbanismo que concluye lo siguiente: Informar favorablemente la modificación nº 13 de las NNSS de Valderrobres, la presente Modificación previo a su aprobación definitiva, deberá contar con Informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural pro su posible afección a un Conjunto de Interés Cultural o a su entorno de protección, una vez aprobada definitivamente deberá hacerse público en “Boletín Oficial” para su entrada en vigor. Visto que con fecha 28 de febrero de 2006, se remite a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural para su conocimiento, que no para su informe, del texto de la aprobación inicial de la modificación puntual nº 13 de las NNSS de Valderrobres. Visto el informe favorable de secretaría de fecha 24 de febrero de 2006, en fase de aprobación definitiva, sobre procedimiento a seguir y cumplimiento de la legalidad respecto a la aprobación de la Modificación Puntual nº 13 de las NNSS. Visto que con fecha de 2 de marzo de 2006, en sesión extraordinaria, se aprobó definitivamente por el Pleno de la Corporación la Modificación puntual nº 13 de las vigentes NNSS municipales que fue publicada y anunciada en la Sección Provincial del “Boletín Oficial de Aragón” núm. 53, de fecha 17 de marzo de 2006. Considerando que, con fecha 8 de marzo de 2006, se envió certificado de acuerdo plenario de la aprobación definitiva a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, y recibido por parte de esa Administración la solicitud de informe técnico municipal sobre si dicha modificación afecta o no al conjunto histórico de Valderrobres o a su entorno de protección, así como transcripción literal del art. 1.5.4.2 de las NNSS. Considerando que con fecha 28 de marzo de 2006 se ha informado por la Comisión Provincial de Urbanismo que concluye lo siguiente: La documentación aportada no cumple con el Acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de fecha 27 de enero de 2006, que establecía que antes de la Aprobación Definitiva de la Modificación se debería contar con el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural. Considerando que con fecha 14 de octubre de 2010 se recibió en este Ayuntamiento, Sentencia del TSJ que ordenaba en su contenido que se llevara a puro y debido efecto, adoptándose las resoluciones precedentes para su cumplimiento fallando a favor de la Diputación General de Aragón contra el Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Valderrobres por el que se aprobaba definitivamente la modificación nº 13 de las NNSS de Valderrobres. Considerando que, en base a la sentencia recibida, y en cumplimiento de lo que se ordenaba en su contenido, con fecha 4 de noviembre de 2010, se envió a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural, oficio por el que se solicitaba informe preceptivo de ese Organismo para poder llevar a cabo la aprobación definitiva de la modificación nº 13 de las NNSS de Valderrobres. Considerando que con fecha 7 de febrero de 2011 se ha informado por la Comisión Provincial de Patrimonio el contenido de la modificación nº 13 de las NNSS que concluye lo siguiente: No autorizar la Modificación Puntual nº 13 de las NNSS de Valderrobres, en lo que es materia de competencia de esa Comisión, por no considerarse acorde con el carácter del Conjunto Histórico ni con el de su Entorno de Protección. Esta modificación supondría un cambio sustancial en la fisonomía actual de los mismos. Visto el Informe de Secretaría de fecha 24 de febrero de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.c) y 47.2.ll) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, el Pleno de la Corporación, con la abstención del Sr. Belanche (CHA) y el voto a favor del resto de miembros presentes, adopta por mayoría absoluta el siguiente ACUERDO PRIMERO. Aprobar definitivamente la Modificación Puntual nº 13 de las NNSS de Valderrobres, relativo al artículo 1.5.4.2 de las citadas normas, tal y como consta en la memoria técnica explicativa introduciéndose en el mismo las siguientes rectificaciones: - Dicha modificación puntual nº 13 de las NNSS no será de aplicación en el Conjunto Histórico ni en su Entorno de Protección por no considerarse acorde con el carácter del Conjunto Histórico ni con el de su Entorno de Protección. SEGUNDO. Publicar el presente Acuerdo en la sección provincial en del “Boletín Oficial de Aragón” y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, indicando los recursos procedentes contra el mismo. TERCERO. Remitir el presente acuerdo a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, junto con el informe que se reciba de la Comisión Provincial de Patrimonio». Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Valderrobres, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Teruel, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. Valderrobres, 18 de marzo de 2011. -El Alcalde, Carlos Boné Amela. (BOPT, 30-III-2011)