LA FIESTA DE SAN ANTONIO ES DECLARADA DE INTERÉS TURÍSTICO DE ARAGÓN
DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO ORDEN de 5 de septiembre de 2009, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se declara la Fiesta de «San Antonio», que se celebra en la Comarca del Matarraña (Teruel), como Fiesta de Interés Turístico de Aragón.
Visto el acuerdo del Pleno del Consejo Comarcal de la Comarca del Matarraña, así como la documentación que se acompaña para que la celebración del día de San Antonio Abad, patrón de los animales, que tiene lugar en 17 de los 18 municipios que forman parte de la Comarca bien el día del santo, 17 de enero, bien el día de la víspera o bien el fin de semana más próximo al día del santo, sea declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón.
Visto que en la documentación remitida por la Comarca del Matarraña queda acreditado que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, para ser declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón por tratarse de una celebración original, singularizada respecto de otras celebraciones y arraigo popular demostrado y con activa participación de la población de los municipios de la Comarca del Matarraña en la preparación y desarrollo de los actos en que consiste la celebración, comunes en todos los municipios: la hoguera, la bendición de los animales, el cerdo, los dichos, la plega y la oferta y los diablos, y en la que tiene un notorio enraizamiento por venir celebrándose en algunos municipios desde el siglo XIV.
Visto que la documentación remitida cumple con lo exigido en el artículo 4 del Decreto citado puesto que contiene el acuerdo del Consejo de Cooperación Comarcal así como los Informes de los Ayuntamientos de las localidades de la Comarca en las que se celebra la fiesta, Arens de Lledo, Beceite, Calaceite, Cretas, La Fresneda, Fuentespalda, Lledó, Mazaleón, Monroyo, Peñarroya de Tastavins, La Portellada, Rafales, Torre de Arcas, Torre del Compte, Valdeltormo, Valderrobres, Valjunquera, que ponen de manifiesto el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en el Decreto 295/2005, así como la vocación de permanencia de la fiesta, la implicación directa de la población y su importante contribución al desarrollo turístico de toda la Comarca.
Asimismo se adjunta memoria explicativa en la que se incluye la historia de la institución, resultado de la cristianización de tradiciones romanas, la infraestructura turística con que cuenta la localidad y su zona periférica, así como las acciones promocionales y un dossier fotográfico y de prensa relativo a dicha celebración.
Visto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la normativa citada, en cuanto al cumplimiento de los requisitos exigidos, el adecuado cuidado de los entornos urbanos donde se desarrollan los actos, la calidad de la celebración, la gran participación de la sociedad local, su contribución a la desestacionalización de las corrientes turísticas.
Vista la propuesta favorable de la Viceconsejería de Turismo, y dado que ha quedado plenamente constatado que la celebración de la fiesta de «San Antonio» forma parte de la tradición de esta localidad, por su antigüedad y continuidad a través del tiempo y la originalidad y diversidad de sus actos, dando lugar a un fenómeno turístico con gran atracción de visitantes.
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo atribuidas, dispongo:
Primero.—Declarar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, la elebración de la Fiesta de «San Antonio « en 17 del total de 18 municipios de la Comarca del Matarraña: Arens de Lledo, Beceite, Calaceite, Cretas, La Fresneda, Fuentespalda, Lledó, Mazaleón, Monroyo, Peñarroya de Tastavins, La Portellada, Rafales, Torre de Arcas, Torre del Compte, Valdeltormo, Valderrobres, Valjunquera, como Fiesta de Interés Turístico de Aragón (código F.I.T.A. nº 48).
Segundo.—Publicar la presente Orden en el «Boletín Oficial de Aragón».
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir de su notificación.
Igualmente, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes, en base a lo dispuesto los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, 5 de septiembre de 2009.
El Consejero de Industria, Comercio y Turismo,
ARTURO ALIAGA LOPEZ
(BOA de 25-IX-2009)
Visto el acuerdo del Pleno del Consejo Comarcal de la Comarca del Matarraña, así como la documentación que se acompaña para que la celebración del día de San Antonio Abad, patrón de los animales, que tiene lugar en 17 de los 18 municipios que forman parte de la Comarca bien el día del santo, 17 de enero, bien el día de la víspera o bien el fin de semana más próximo al día del santo, sea declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón.
Visto que en la documentación remitida por la Comarca del Matarraña queda acreditado que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, para ser declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón por tratarse de una celebración original, singularizada respecto de otras celebraciones y arraigo popular demostrado y con activa participación de la población de los municipios de la Comarca del Matarraña en la preparación y desarrollo de los actos en que consiste la celebración, comunes en todos los municipios: la hoguera, la bendición de los animales, el cerdo, los dichos, la plega y la oferta y los diablos, y en la que tiene un notorio enraizamiento por venir celebrándose en algunos municipios desde el siglo XIV.
Visto que la documentación remitida cumple con lo exigido en el artículo 4 del Decreto citado puesto que contiene el acuerdo del Consejo de Cooperación Comarcal así como los Informes de los Ayuntamientos de las localidades de la Comarca en las que se celebra la fiesta, Arens de Lledo, Beceite, Calaceite, Cretas, La Fresneda, Fuentespalda, Lledó, Mazaleón, Monroyo, Peñarroya de Tastavins, La Portellada, Rafales, Torre de Arcas, Torre del Compte, Valdeltormo, Valderrobres, Valjunquera, que ponen de manifiesto el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en el Decreto 295/2005, así como la vocación de permanencia de la fiesta, la implicación directa de la población y su importante contribución al desarrollo turístico de toda la Comarca.
Asimismo se adjunta memoria explicativa en la que se incluye la historia de la institución, resultado de la cristianización de tradiciones romanas, la infraestructura turística con que cuenta la localidad y su zona periférica, así como las acciones promocionales y un dossier fotográfico y de prensa relativo a dicha celebración.
Visto el cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la normativa citada, en cuanto al cumplimiento de los requisitos exigidos, el adecuado cuidado de los entornos urbanos donde se desarrollan los actos, la calidad de la celebración, la gran participación de la sociedad local, su contribución a la desestacionalización de las corrientes turísticas.
Vista la propuesta favorable de la Viceconsejería de Turismo, y dado que ha quedado plenamente constatado que la celebración de la fiesta de «San Antonio» forma parte de la tradición de esta localidad, por su antigüedad y continuidad a través del tiempo y la originalidad y diversidad de sus actos, dando lugar a un fenómeno turístico con gran atracción de visitantes.
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo atribuidas, dispongo:
Primero.—Declarar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Aragón, la elebración de la Fiesta de «San Antonio « en 17 del total de 18 municipios de la Comarca del Matarraña: Arens de Lledo, Beceite, Calaceite, Cretas, La Fresneda, Fuentespalda, Lledó, Mazaleón, Monroyo, Peñarroya de Tastavins, La Portellada, Rafales, Torre de Arcas, Torre del Compte, Valdeltormo, Valderrobres, Valjunquera, como Fiesta de Interés Turístico de Aragón (código F.I.T.A. nº 48).
Segundo.—Publicar la presente Orden en el «Boletín Oficial de Aragón».
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-
administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir de su notificación.
Igualmente, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes, en base a lo dispuesto los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, 5 de septiembre de 2009.
El Consejero de Industria, Comercio y Turismo,
ARTURO ALIAGA LOPEZ
(BOA de 25-IX-2009)