Sunday, July 23, 2006

DECLARACIÓN DE LA "SEMANA SANTA DE VALDERROBRES" COMO FIESTA DE INTERÉS TURÍSTICO DE ARAGÓN.

ORDEN de 6 de julio de 2006, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se declara la «Semana Santa» de Valderrobres (Teruel), como Fiesta de Interés Turístico de Aragón.
Visto el escrito y documentación presentados por D. José Román Roda Segura, Presidente de la Comarca del Matarraña, para que la Semana Santa de Valderrobres (Teruel) sea declarada Fiesta de Interés Turístico de Aragón, en los que queda acreditado que la citada celebración reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, por el que se regulan las Declaraciones de Interés Turístico de Aragón, así como que se ha aportado la documentación exigida en el artículo 4 dicho Decreto,
Visto el informe previo favorable del Viceconsejero de fecha 5 de julio de 2006, y dado que ha quedado plenamente constatado que la celebración de la Semana Santa de Valderrobres forma parte de la tradición y de los valores culturales y sociales de esta localidad, por su antigüedad y continuidad a través del tiempo y la originalidad y diversidad de sus actos, revistiendo una especial importancia como recurso turístico.
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo atribuidas,
DISPONGO:
Primero.-Declarar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 295/2005, de 13 de diciembre, por el que se regulan las Declaraciones de Interés Turístico de Aragón, la Semana Santa de Valderrobres como Fiesta de Interés Turístico de Aragón (código F.I.T.A. nº 42).
Segundo.-Publicar la presente Orden en el «Boletín Oficial de Aragón».
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir de su notificación.
Igualmente, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes, en base a lo dispuesto los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, 6 de julio de 2006
El Consejero de Industria,
Comercio y Turismo, ARTURO ALIAGA LOPEZ

(BOA, 19-VI-06)

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